Cada propietario tiene sus propios criterios para elegir a los inquilinos de su propiedad. Eso sí, todos buscan en el alquiler una forma de rentabilizar la vivienda. Cuando vamos a poner en alquiler un inmueble, surgen ciertos miedos, por lo que elegir un buen inquilino es uno de los procesos claves en todo arrendamiento. Por la experiencia de Agencia Santa Olaya en el alquiler de casas y otros inmuebles, vamos a darte unas claves para que puedas elegir bien a quien le vas a alquilar tu propiedad.
El concepto de buen inquilino
Si definimos a esta persona, nos quedamos con aquel que tiene las cosas claras y nada que esconder. Se muestra transparente y pone fácil la realización de las gestiones que conlleva el proceso de alquiler. Otras características del buen inquilino es que se presta a negociar y es empático para hacerse entender y ser entendido a la hora de formalizar el contrato. Si quieres acertar a la hora de elegir el arrendador de tu casa, quédate con quien se compromete a hacer frente a sus atribuciones y responsabilidades en gran medida.
Si encuentras a una persona así, la buena relación entre éste y el propietario está asegurada. Ahora te explicamos cómo comprobar que la persona posee esas cualidades.
Comprueba su solvencia
De la solvencia del arrendatario dependerá en gran medida la posibilidad de cumplimiento del contrato de alquiler. Para ello, es importante tener claro:
- El nivel de ingresos se ve cuando se solicita una nómina o en las declaraciones de IRPF en caso de autónomos.
- La estabilidad laboral es importante, ya que no es lo mismo alquilar a quien lleva muchos años cotizando, que a alguien que acaba de ser contratado.
Pero si el inquilino no da suficientes pruebas de solvencia con estos criterios, es aconsejable exigir garantías adicionales más allá del mes de fianza:
- Un depósito adicional además de la fianza legal obligatoria.
- Aval bancario.
- El fiador solidario es aquél que garantiza con su patrimonio el cumplimiento de las obligaciones del inquilino.
Si las personas interesadas en el alquiler del inmueble no tienen problemas con la información requerida, es cierto que no tendrán problemas en facilitarla.
¿Va a cuidar la casa?
La desconfianza es una característica propia del alquiler. Hemos de tener en cuenta que características de inmueble tenemos y a qué público nos podemos dirigir. Se han dado casos en que un inquilino, a priori perfecto, ha acabado siendo un estafador. Hay que conocer a quién se alquila y asegurarnos de antemano que los interesados inquilinos sepan las condiciones, antes de visitar el piso.
¿Cuánto se va a quedar el inquilino?
Es posible pactar la duración del contrato de alquiler de la vivienda siempre que las dos partes lo deseen, si bien es importante saber que mientras sea la vivienda habitual del inquilino, éste tendrá derecho a permanecer en el piso durante un mínimo de tres años si cumple con todas sus obligaciones (según indica la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994, artículo 9.1).
Hay que tener en cuenta que si ampliamos la duración del contrato y excluimos la aplicación de prórrogas, el casero no tendrá derecho alguno a reclamar la vivienda para uso propio hasta que finalice el contrato. Esto dificultaría la posible venta de la vivienda, por lo que antes es importante valorar todas las alternativas.
Si el arrendador no indica lo contrario, el arrendatario debe dejar la vivienda, al final del contrato, como la encontró al principio o puede perder la fianza.